El día 27 de diciembre de 2022 se publicaron en el DOF las “Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023”, mismas que tuvieron vigencia el 1 de enero de 2023, salvo sus transitorios.
De forma general, la regla 6.1.1 aborda el tema sobre la petición que realiza el contribuyente a la autoridad aduanera para efectos de realizar la rectificación de los datos del pedimento que tienen restricciones para ser modificados.
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