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Imparte la AAAVER el curso: Implementación del Complemento ‘Carta Porte’
25 de Noviembre del 2021

La Asociación de Agentes Aduanales del Puerto de Veracruz llevó a cabo el curso: Implementación del Complemento “Carta Porte”.

Fue impartido por el Lic. Luis Antonio Martínez Jalil, analista de comercio exterior y director de Customs Advise.

Recordó que la normatividad tendrá implicaciones en 2022 y un fuerte impacto en cualquier transporte de mercancías a lo largo del territorio nacional, aunque con algunas excepciones.

Y es que a partir del 1 de diciembre para realizar el traslado de bienes o mercancías

en territorio nacional, se requerirá especificar el tipo de CFDI ingreso o traslado

al que deberán incorporar el Complemento Carta Porte versión 2.0.

En la capacitación se habló de los CFDI.

Se abordó el reglamento de autotransporte federal y servicios auxiliares; Código de Comercio; complemento Carta Porte; situación actual en RMF.

También dio información general sobre la Miscelánea Fiscal 2022; los requisitos de representaciones impresas de los CFDI’s; regla R2.7.9 sobre los transportistas y servicios que prestan; la figura de los intermediarios; reglas para empresas de mensajería y paquetería; traslado de fondos y valores; servicio de grúas y servicios auxiliares; hidrocarburos y consolidadores de carga.

Mencionó sobre los requisitos para acreditar el transporte y la legal tenencia de mercancías cuando circulen por vía terrestre, férreas, marítima o aérea.

Habló del apéndice para la clasificación de los caminos y puentes a qué se refiere el Artículo Sexto del Reglamento Sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal.

Entre las excepciones destacó el traslado o transporte local, que es aplicable para los contribuyentes y transportistas que tengan la plena certeza de que no transitarán por algún tramo de jurisdicción federal.

Pero en caso de que, por cualquier causa, se transite por algún tramo de jurisdicción federal se deberán emitir los CFDI que correspondan con un complemento Carta Porte.

El traslado con medios propios de equipos, herramientas y demás materiales de trabajo que se utilicen para realizar las actividades (aún y cuando se transite por tramos de jurisdicción federal).

El traslado con medios propios de refacciones que se utilicen para realizar las actividades.

Destacó que es importante conocer las disposiciones para garantizar el traslado y entrega correcta de las mercancías y cumplir con las obligaciones fiscales requeridas por el SAT.

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